La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó requisitos considerados discriminatorios para acceder a determinados cargos públicos, al determinar que exigencias relacionadas con el “modo honesto de vivir” y la antigüedad de un título profesional pueden convertirse en barreras para la participación de personas indígenas y afromexicanas.
La resolución se originó en el análisis de disposiciones de Baja California Sur que establecían requisitos para ocupar un cargo vinculado con la atención a pueblos y comunidades indígenas. Los ministros consideraron que estas condiciones podían limitar injustificadamente el acceso de personas con experiencia y conocimientos adquiridos dentro de sus propias comunidades.
Uno de los puntos cuestionados fue la exigencia de contar con un título profesional con determinada antigüedad. La Corte señaló que este tipo de requisito puede dejar fuera a personas que poseen conocimientos y experiencia comunitaria relevantes para desempeñar funciones relacionadas con los pueblos originarios.

También fue invalidado el requisito relativo al llamado “modo honesto de vivir”, al considerar que se trata de un criterio que puede resultar subjetivo y convertirse en un mecanismo de exclusión para quienes buscan incorporarse al servicio público.
La decisión busca fortalecer los principios de igualdad y no discriminación, así como garantizar una mayor inclusión de los pueblos indígenas y comunidades afromexicanas en los espacios de representación y toma de decisiones públicas.
Con este criterio, la Corte establece que los requisitos para ocupar cargos públicos deben ser objetivos, razonables y acordes con los derechos de igualdad y participación, evitando que condiciones formales se conviertan en obstáculos para sectores históricamente excluidos.












